03/06/2024 - Se actualizan los plazos para solicitar las ventanas de despliegue en la transición al sistema ICS2

Los nuevos plazos son: desde el 3 de junio al 4 de diciembre del 2024 para transportistas marítimos; desde el 4 de diciembre hasta el 1 de abril de 2025 para operadores que presentan conocimientos de embarque house en el tráfico marítimo y por vías navegables interiores; y desde el 1 de abril hasta el 1 de septiembre de 2025 para transportistas por carretera y ferrocarril.



El Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales ha informado que la Comisión ha permitido que los operadores puedan acogerse a una ventana de despliegue para la transición al sistema ICS2, fase 3, en los ámbitos marítimo, carretera y ferrocarril. Por ello, se han actualizado los plazos para solicitar las ventanas de despliegue

El desarrollo y las fechas de entrega de la introducción gradual del sistema se establecen en el proyecto Sistema de Control de la Importación 2 (ICS2) en el ámbito del CAU, que figura en la Decisión de Ejecución (UE) 2023/2879 de la Comisión.

De acuerdo con lo previsto en la citada Decisión, el despliegue de la entrega 3 de ICS2 se llevará a cabo en tres fechas distintas según el modo de transporte:

a)    3 de junio de 2024 para transportistas marítimos y por vías navegables interiores

b)    4 de diciembre de 2024 para operadores que presentan conocimientos de embarque house en el tráfico marítimo y por vías navegables interiores.

c)    1 de abril de 2025 para transportistas por carretera y ferrocarril.

No obstante, aquellos operadores que no puedan incorporarse al nuevo sistema en las fechas anteriormente señaladas podrán acogerse a una ventana de despliegue que les permitirá realizar dicha incorporación de manera progresiva durante los siguientes plazos:

a)    Desde el 3 de junio de 2024 al 4 de diciembre del 2024 para transportistas marítimos y por vías navegables interiores.

b)    Desde el 4 de diciembre del 2024 hasta el 1 de abril de 2025 para operadores que presentan conocimientos de embarque house en el tráfico marítimo y por vías navegables interiores.

c)    Desde el 1 de abril de 2025 hasta el 1 de septiembre de 2025 para transportistas por carretera y ferrocarril.

En el caso del tráfico roll on-roll off (Ro-Ro) y Transporte Combinado, tanto acompañado como no acompañado, se aplicarán los plazos previstos para el transporte por carretera y ferrocarril.

La solicitud para acogerse a estas ventanas de despliegue deberá presentarse antes de la fecha de puesta en marcha prevista para su modo de transporte, es decir, antes del 3 de junio de 2024 para el caso previsto en la letra a, antes del 4 de diciembre de 2024 para el caso previsto en la letra b y antes del 1 de abril de 2025 para el caso previsto en la letra c.

En el caso de no solicitarse la ventana de despliegue dentro del plazo señalado, entrará en vigor para el operador el nuevo sistema debiendo cumplirse con las exigencias de este a partir de las fechas de despliegue.

Los operadores económicos que deseen acogerse a esta ventana de despliegue pueden solicitarlo a la autoridad aduanera del Estado miembro donde se encuentren registrados o establecidos. En el caso de España, esta solicitud deberá dirigirse al correo electrónico ics.helpdesk@correo.aeat.es.

En esa solicitud, que podrá formularse en inglés o español, deberá incluirse, al menos, la siguiente información:

  • Nombre del operador y número EORI.
  • Papel del operador económico en ICS2: Transportista marítimo, operadores que presentan conocimientos de embarque house en el tráfico marítimo y transportista por ferrocarril o carretera.
  • Fecha solicitada para la venta de despliegue: de fecha a fecha.
  • Fecha provisional en la que el operador económico tiene previsto remitir la información en fase 3.

Los operadores económicos que deseen remitir la información en fase 3 antes de la finalización de la ventana de despliegue autorizada, deberán informar de esta circunstancia al Estado miembro de registro, con una antelación de al menos dos semanas antes de comenzar tal remisión.

Al mismo tiempo, para incorporarse a esta fase 3 de ICS2, los operadores económicos deben haber pasado las pruebas de autoconformidad para el rol o roles que pretendan usar en el sistema.