15/05/2023 - Novedades sobre el Mecanismo de Ajuste en Frontera del Carbono (CBAM)

El CBAM comenzará a aplicarse en su fase transitoria a partir del 1 de octubre de 2023, mientras que el sistema permanente entrará en vigor el 1 de enero de 2026.



En abril se avanzó aún más en el CBAM, la herramienta histórica de la UE para poner un precio justo al carbono emitido durante la producción de bienes intensivos en carbono que ingresan a la UE, y para fomentar una producción industrial más limpia en países no pertenecientes a la UE.

El 18 de abril, el Parlamento Europeo aprobó el acuerdo político de diciembre de 2022. Y el 25 de abril, el acuerdo CBAM también fue aprobado formalmente por el Consejo de la Unión Europea. Los colegisladores deberán firmar ahora el nuevo Reglamento antes de que se publique en el Diario Oficial de la UE.

El CBAM se aplicará inicialmente a las importaciones de determinados bienes y precursores seleccionados cuya producción sea intensiva en carbono y presente el riesgo más significativo de fuga de carbono: cemento, hierro y acero, aluminio, fertilizantes, electricidad e hidrógeno. Con este ámbito de aplicación ampliado, CBAM eventualmente capturará, cuando se implemente por completo, más del 50% de las emisiones en los sectores cubiertos por el RCDE. En virtud del acuerdo político, el CBAM entrará en vigor en su fase de transición a partir del 1 de octubre de 2023.

La introducción gradual de CBAM a lo largo del tiempo permitirá una transición cuidadosa, predecible y proporcionada para las empresas de la UE y de fuera de la UE, así como para las autoridades públicas. Durante este período, los importadores de bienes en el ámbito de aplicación de las nuevas normas solo tendrán que informar sobre las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) incorporadas en sus importaciones (emisiones directas e indirectas), sin realizar ningún pago o ajuste financiero. El acuerdo prevé que las emisiones indirectas queden incluidas en el ámbito de aplicación después del período transitorio para algunos sectores (cemento y fertilizantes), sobre la base de una metodología que se definirá entretanto. El objetivo de este período de transición es servir como un período piloto y de aprendizaje para todas las partes interesadas (importadores, productores y autoridades) y recopilar información útil sobre las emisiones incorporadas para perfeccionar la metodología para el período definitivo.

Una vez que el sistema permanente entre en vigor el 1 de enero de 2026, los importadores deberán declarar cada año la cantidad de bienes importados en la UE en el año anterior y sus GEI incorporados. A continuación, entregarán el número correspondiente de certificados CBAM.

El precio de los certificados se calculará en función del precio medio semanal de subasta de los derechos de emisión del RCDE UE expresado en €/tonelada de CO2 emitido. La eliminación progresiva de la asignación gratuita en el marco del RCDE UE se llevará a cabo en paralelo con la introducción progresiva del CBAM en el período 2026-2034.

Antes de la entrada en vigor del sistema definitivo concluirá una revisión del funcionamiento del CBAM durante su fase transitoria. Al mismo tiempo, se revisará la definición del producto para evaluar la viabilidad de incluir otros bienes producidos en sectores cubiertos por el RCDE UE en el ámbito de aplicación del mecanismo CBAM, como determinados productos transformados y los identificados como candidatos adecuados durante las negociaciones. El informe incluirá un calendario que establezca su inclusión para 2030.