10/11/2020 - Mayor control de la UE en las exportaciones de bienes y tecnologías sensibles de doble uso

Se introducirán obligaciones de diligencia debida y requisitos de cumplimiento para los exportadores para hacer frente a los riesgos que el comercio de productos de doble uso supone para la seguridad internacional.



El Parlamento Europeo y el Consejo de la UE han aprobado una propuesta de modernización de los controles de la UE de las exportaciones de bienes y tecnologías sensibles de doble uso. Estos cambios mejorarán y reforzarán el conjunto de instrumentos de control de las exportaciones de la UE para responder eficazmente a los riesgos de seguridad cambiantes y a las tecnologías emergentes. Gracias al nuevo Reglamento, ahora la UE puede proteger eficazmente sus intereses y valores, y en particular hacer frente al riesgo de violaciones de los derechos humanos derivadas del comercio de tecnologías de cibervigilancia sin acuerdo previo a nivel multilateral. Además, mejora la capacidad de la UE para controlar los flujos comerciales de las nuevas tecnologías sensibles y emergentes.

Este nuevo Reglamento proporciona una nueva base para la coordinación de los controles de una gama más amplia de tecnologías emergentes de doble uso entre la Comisión y los Estados miembros en apoyo de la aplicación efectiva de los controles en toda la UE. También se han introducido obligaciones de diligencia debida y requisitos de cumplimiento para los exportadores, reconociendo el papel del sector privado a la hora de hacer frente a los riesgos que el comercio de productos de doble uso supone para la seguridad internacional. La obligación de publicar informes sobre las licencias concedidas reforzará aún más la transparencia.

En septiembre de 2016, la Comisión adoptó su propuesta legislativa para modernizar los controles de la UE sobre las exportaciones de bienes y tecnología sensibles de doble uso. Estos productos tienen numerosos usos civiles, pero también pueden utilizarse con fines de defensa, inteligencia y aplicación de la ley (materiales nucleares y especiales, telecomunicaciones, electrónica y ordenadores, espaciales y aeroespaciales, equipos marinos, etc.).

El nuevo Reglamento incluye propuestas como la actualización de conceptos y definiciones clave (por ejemplo, la definición de «exportador» aplicable a las personas físicas y a los investigadores que participan en transferencias de tecnología de doble uso); o como la simplificación y armonización de los procedimientos de concesión de licencias y autorización para modificar la lista de productos o destinos sujetos a formas específicas de control, con lo cual el sistema de control de las exportaciones será más ágil y capaz de evolucionar y adaptarse a las circunstancias.