01/02/2023 - Más controles a la entrada en la UE de ciertos productos procedentes de terceros países

El Reglamento de la UE establece aquellos alimentos y piensos de origen no animal que están sometidos a control debido al riesgo de contaminación por micotoxinas, residuos de plaguicidas y de contaminación.



El Reglamento de Ejecución (UE) 2023/174 de la Comisión de 26 de enero de 2023 modifica otros dos Reglamentos anteriores relativos al aumento temporal de los controles oficiales y a las medidas de emergencia que regulan la entrada en la Unión de determinadas mercancías procedentes de terceros países.

El Reglamento establece que los productos sometidos a control son determinadas partidas de alimentos y piensos de origen no animal debido al riesgo de contaminación por micotoxinas, residuos de plaguicidas, dioxinas, y de contaminación y que pueden ser un riesgo para la salud humana.

Las notificaciones recientes que se han recibido a través del del Sistema de Alerta Rápida para Alimentos y Piensos (RASFF), así como los controles oficiales efectuados por los Estados miembros en algunos alimentos y piensos de origen no animal indican han permitido actualizar las listas que figuran en los anexos I y II del Reglamento. En estos anexos I y II se especifican con detalle los alimentos y piensos de origen no animal procedentes de determinados terceros países sujetos a un aumento temporal de los controles oficiales en los puestos de control fronterizos y en los puntos de control, así como aquellos alimentos y piensos sujetos a condiciones especiales para la entrada en la Unión debido al riesgo de contaminación por micotoxinas, incluidas las aflatoxinas, por residuos de plaguicidas, por pentaclorofenol y dioxinas, y al riesgo de contaminación microbiana, por colorantes Sudán y por rodamina B. 

Países y alimentos y sus derivados afectados

Azerbaiyán (avellanas), Bangladés (productos compuestos de hojas de betel), Brasil (nueces, cacahuetes, pimienta negra), Bolivia (cacahuetes), Costa de Marfil (aceite de palma), China (cacahuetes, pimientos dulces, te, goma xantana), Colombia (granadilla y frutos de la pasión), Republica Dominicana (pimientos dulces, judías espárrago), Egipto (pimientos dulces, naranjas, cacahuetes), Etiopía (pimienta, jengibre, azafrán, cúrcuma, tomillo, laurel, curri i demás especies), Georgia (avellanas), Ghana (cacahuetes, aceite de palma), Gambia (cacahuetes), Indonesia (nuez moscada), Israel (albahaca, menta), India (arroz, judía espárrago, pimientos dulces y otros, cacahuetes, algarrobas, semillas de sésamo, vainilla, canela, clavo, nuez moscada, cardamomo, jengibre, azafrán, cúrcuma, laurel, hinojo, cilantro, comino, enebro, guayaba, hojas de betel, hojas de curri, quingombó, vainas de marango, salsas preparadas, carbonato de calcio), Irán (pistachos), Kenia (judías, pimientos no dulces), Corea del Sur (complementos alimenticios con sustancias botánicas, fideos instantáneos con especias), Líbano (nabos), Sri Lanka (pimientos dulces y otros, gotu kola, mukunuwenna), Madagascar (judías de careta), Malasia (algarrobas, frutos del árbol del pan, aditivos con goma garrofín), Nigeria (semillas de sandía y de sésamo), Pakistán (arroz, mezclas de especias, pimientos excepto los dulces), Ruanda (pimientos excepto los dulces), Senegal (cacahuetes), Sudán (cacahuetes, semillas de sésamo), Tailandia (pimientos excepto los dulces), Turquía (limones, mandarinas, naranjas, pomelos, granadas, pimientos dulces, higos secos, pistachos, semillas de comino y de sésamos, orégano, hojas de vid, algarrobas), Uganda (pimientos excepto los dulces, semillas de sésamo), Estados Unidos (cacahuetes, extracto de vainilla), Uzbekistán (albaricoques), Vietnam (pimientos excepto los dulces, quingombó, fruta del dragón, fideos y tallarines  instantáneos con especias, condimentos o salsas).

Más información:

https://www.boe.es/doue/2023/025/L00036-00066.pdf