15/05/2024 - Los juguetes, especialmente los importados, deberán tener un pasaporte digital para el control aduanero

Las obligaciones de los proveedores de servicios logísticos, al ser considerados operadores económicos por desempeñar un papel importante en la comercialización de juguetes y, en particular, de juguetes procedentes de terceros países o comprados en línea, limitarán sus obligaciones a su papel en la cadena de suministro.



El Consejo ha adoptado su posición en relación con la propuesta de la Comisión del Reglamento sobre la seguridad de los juguetes que actualiza las normas para proteger a los niños de los riesgos relacionados con el uso de juguetes. Si bien la legislación actual hace que las normas de seguridad de los juguetes de la UE se encuentren entre las más estrictas del mundo, la legislación propuesta tiene por objeto aumentar la protección frente a sustancias químicas nocivas y reforzar las normas de aplicación con un nuevo pasaporte digital de productos.

La posición del Consejo apoya los objetivos generales de la propuesta, pero introduce varias mejoras para aclarar las obligaciones de los operadores económicos y los mercados en línea; establece el contenido del pasaporte digital de productos y las advertencias y aumenta el número de sustancias cuya presencia en los juguetes está prohibida.

La legislación propuesta tiene por objeto reducir el número de juguetes no conformes e inseguros en el mercado de la UE reforzando la aplicación de los requisitos legales, en particular para los juguetes importados. La propuesta introduce un pasaporte digital de producto (DPP) que incluirá información sobre la seguridad del juguete, de modo que las autoridades de control fronterizo puedan escanear todos los pasaportes digitales utilizando un nuevo sistema informático. La Comisión podrá actualizar el Reglamento y ordenar la retirada de determinados juguetes del mercado en caso de que surjan en el futuro nuevos riesgos no previstos en el texto actual.

Obligaciones de los operadores económicos y logísticos

En el texto del Consejo, las obligaciones de los operadores económicos se han alineado con el Reglamento general de seguridad de los productos (RGPD) y con las nuevas realidades del creciente volumen de ventas en línea.

A tal fin, se exigirá a los fabricantes que marquen las advertencias en una lengua o lenguas que puedan ser fácilmente comprensibles para los consumidores y otros usuarios finales, según determinen los Estados miembros. Los fabricantes también tendrán que informar a otros operadores económicos de la cadena de distribución de cualquier problema de conformidad del producto. Además, los importadores de juguetes tendrán que informar al productor y a las autoridades de vigilancia del mercado si sospechan que un juguete presenta un riesgo.

Por lo que respecta a los proveedores de servicios logísticos (las empresas que se encargan de los elementos logísticos de la venta de productos, como el almacenamiento, la preparación de pedidos, el embalaje o el envío), al ser considerados operadores económicos por desempeñar un papel importante en la comercialización de juguetes y, en particular, de juguetes procedentes de terceros países o comprados en línea, sus obligaciones se limitarán a su papel en la cadena de suministro.