01/03/2023 - Entra en vigor la segunda fase del ICS2
Otra versión de ICS2 completará esta importante reforma: la versión 3 incluirá modos de transporte marítimo, ferroviario y por carretera a partir del 1 de marzo de 2024.
El 1 de marzo de 2023, la Unión Europea lanzó la segunda versión de su Sistema de Control de Importaciones 2 (ICS2), la nueva plataforma de información anticipada sobre carga y gestión de riesgos, para mejorar aún más la protección contra las amenazas a la seguridad y la protección de las mercancías que entran en la UE.
A partir del 1 de marzo de 2023, todas las compañías aéreas, transitarios, empresas de mensajería urgente y operadores postales que participen en el transporte aéreo de mercancías con destino a la UE o a través de ella (todos los Estados miembros de la UE, así como Noruega, Suiza e Irlanda del Norte) deben facilitar un conjunto completo de datos de la declaración sumaria de entrada sobre las mercancías, antes de su llegada a la frontera exterior de la UE. Deben hacerlo a través del sistema ICS2, que está reemplazando gradualmente el Sistema de Control de Importaciones (ICS) existente de la UE entre 2021 y 2024. Con el lanzamiento de ICS2 Release 2, las compañías aéreas que actualmente presentan información anticipada sobre la carga en el Sistema de Control de Importaciones (ICS) se eliminarán completamente de ese sistema tan pronto como comiencen a presentar estos datos en ICS2.
La segunda fase de la ICS2 introduce nuevos requisitos y procesos de datos que deben cumplirse, antes del transporte de las mercancías desde un tercer país y antes de su llegada a la frontera exterior de la Unión Europea. El hecho de que los operadores económicos afectados no obtengan los datos necesarios de sus clientes y no los faciliten a la ICS2 dará lugar a que las autoridades aduaneras adopten medidas para hacer cumplir el cumplimiento antes y a su llegada a la frontera exterior.
Algunos Estados miembros de la UE no han podido conectarse a ICS2 Release 2 el 1 de marzo de 2023 y han solicitado una excepción legal. Por lo tanto, la Comisión Europea ha concedido a Austria, Bélgica, Dinamarca, Estonia, Francia, Grecia, Croacia, Luxemburgo, Países Bajos, Polonia, Rumanía y Suecia una excepción que les permite conectarse a ICS2 Release 2 antes del 30 de junio de 2023.
Los retrasos en la conexión de determinados Estados miembros al nuevo sistema pueden conducir a la situación en la que un operador económico (operador aéreo) se conecte a ICS2 fase 2 antes que la autoridad aduanera competente del país de llegada de la aeronave, procedente de un tercer país. Para garantizar que el sistema funciona correctamente se recomienda intensamente que los operadores aéreos que operan sus vuelos directos desde países no pertenecientes a la Unión Europea a uno o varios Estados miembros que no están conectados a ICS2 R2 (es decir, tienen garantizada la excepción) soliciten una ventana de despliegue al Estado miembro de registro de su número EORI hasta el 30 de junio de 2023, es decir, para empezar a operar con el nuevo sistema el 1 de julio de 2023.
Si los operadores económicos no están preparados en el plazo establecido y no facilitan los datos exigidos por el sistema ICS2, los envíos y el flete se detendrán en las fronteras de la UE y las mercancías en cuestión no serán despachadas por las autoridades aduaneras.
Versiones 1, 2 y 3 del ICS2
En la versión 1, ICS2 se centró en los envíos postales y urgentes que llegan a o a través de la UE por vía aérea. En este comunicado, se debe proporcionar un subconjunto de la Declaración sumaria de entrada (la llamada información anticipada de carga previa a la carga, también conocida como "PLACI") antes de que las mercancías se carguen en la aeronave con destino a la UE, para permitir que las aduanas detecten amenazas inmediatas a la seguridad de la aviación.
Con ICS2 Release 2, a partir del 1 de marzo de 2023, los envíos generales de carga aérea también estarán sujetos a la presentación de PLACI y al conjunto completo de datos de la Declaración Sumaria de Entrada (ENS) antes de su llegada. La presentación se puede proporcionar en una sola presentación ENS completa, si todos los datos necesarios están disponibles para la parte que presenta y asume la responsabilidad de introducir las mercancías en el territorio aduanero europeo. Alternativamente, se puede hacer con múltiples presentaciones, donde más de una presentación parcial de ENS son presentadas por diferentes actores de la cadena de suministro. En caso de presentaciones múltiples, cada solicitante es responsable de garantizar que sus propias presentaciones se presenten de manera oportuna, precisa y completa. Sin embargo, es responsabilidad de las compañías aéreas trabajar en estrecha colaboración con sus partes contratantes, y la responsabilidad de estas últimas trabajar con sus clientes en la cadena de suministro, a fin de garantizar que se cumplan todos los requisitos de presentación de ICS2 ENS. Puede consultar los requisitos de presentación de datos previos a la llegada pertinentes en esta ficha informativa. Antes de que los operadores económicos empiecen a presentar ENS en ICS2 Release 2, deben verificar que su sistema es compatible con los procesos empresariales y los requisitos de presentación de ICS2. Deben hacerlo a través del procedimiento obligatorio de prueba de autoconformidad. Una ficha informativa detallada está disponible para explicar estos requisitos.
Otra versión de ICS2 completará esta importante reforma: la versión 3 incluirá modos de transporte marítimo, ferroviario y por carretera a partir del 1 de marzo de 2024.